Encomiendan al EPRE establecer tope al Cargo Único Municipal en las facturas de electricidad
La medida adoptada por el Gobierno de San Juan generará un ahorro anual estimado en casi 1.800 millones de pesos para los usuarios de 7 departamentos
El Gobierno de San Juan emitió un decreto firmado por el gobernador Marcelo Orrego, mediante el cual se generará un ahorro anual estimado en casi 1.800 millones de pesos, por la reducción del Cargo Único Municipal incluido en las facturas de los Municipios de 9 de Julio, Chimbas, Pocito, Rawson, Santa Lucía, Sarmiento y Zonda.
Cabe destacar que la medida asegura la recaudación suficiente para el pago total del alumbrado público, el consumo de los edificios municipales y el plan de mantenimiento y modernización del alumbrado.
Esta acción se toma en el marco de la eliminación de los subsidios del Estado Nacional para la electricidad.
Todo esto surgió porque el Gobierno de la Provincia de San Juan recibió reclamos desde distintos sectores de la comunidad, solicitando al Poder Ejecutivo adoptar las medidas necesarias para asegurar criterios de proporcionalidad y racionalidad para la determinación de Cargo Único Municipal en los distintos Departamentos.
Así es que la Provincia, como Poder Concedente del Servicio Público de distribución de la energía eléctrica, tiene la facultad para disponer topes en los cargos facturados por las Distribuidoras por cuenta y orden de los Municipios, sin que esto implique desmedro alguno de las facultades tributarias Municipales, que pueden perseguir el cobro de los tributos que definan de aplicación para los Usuarios por las vías que se entiendan correspondientes.
Por todo esto resulta necesario encomendar al EPRE. para que instruya a las Distribuidoras Energía San Juan S.A. y D.E.C.S.A., a incluir como monto máximo del concepto “Cargo Único Municipal”, importes que permitan cubrir la suma de los gastos en las facturaciones de los suministros de Alumbrado Público, Cargos Administrativos respectivos, y Edificios Propios Municipales, más el margen adicional del “Factor Led” que surja de la declaración de existencia de luminarias de tecnología LED informada por cada Municipio, con un tope para este factor de Uno Coma Siete (1,7).
Cabe destacar que el “Cargo Único Municipal” se originó en el año 2021 por consenso de las Autoridades Municipales a partir de subsumir los conceptos de “Tasa de Alumbrado Público” y “Cargo por Uso del Espacio Aéreo (Contribución Municipal)”.
Por otro lado hay que tener en cuenta que la eficiente prestación del Servicio de Alumbrado Público mejora la seguridad, permitiendo reducir la tasa de hechos delictivos en zonas iluminadas en la noche, así como la frecuencia de accidentes de tránsito en comparación con calles o rutas sin iluminación.
Que de igual manera, la prestación eficiente del servicio de Alumbrado Público, promueve el crecimiento económico, al incrementarse los horarios en los que se pueden dedicar a llevar a cabo actividades laborales o comerciales en la vía pública, garantizando buenas condiciones de iluminación para el tránsito de peatones y vehículos en vialidades y espacios públicos.
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