Interna Bloquista: Fallo de la Justicia Electoral en favor del Oficialismo. En Jáchal no habrá interna partidaria

José "Chileno" Codorniú Dirigente Bloquista de Jáchal
Luego de varias idas y vueltas, presentaciones judiciales de por medio, se conoció la Resolución Nº 08/24 firmada por el Juez Leopoldo Rago Galleo, que determina no darle lugar a los planteos presentados por la Lista “Bravo Conducción” que era encabezada por Juan Domingo Bravo.
En el Expte. Nº 18012188/1971, caratulado: "Partido Bloquista s/reconocimiento de partido de distrito – partido Bloquista”, el apoderado legal de la Lista Interna Nº 22 - “Bravo Conducción”, Dr. Cesar A. Porto Maradona, presenta una apelación: “en el marco del proceso electoral interno convocado oportunamente por la Junta Electoral Partidaria del Partido Bloquista; para la renovación de autoridades partidarias, por considerar la apelante que la Resolución N° 9 de dicha Junta Electoral Partidaria, de fecha 28/02/24, es manifiestamente improcedente y violatoria de los derechos de elegir y ser elegidos; planteando sendos reclamos relacionados a distintas listas de candidatos; tanto propias (Lista N° 22 “Bravo Conducción”); como de la oposición (Lista N° 23 “La Reforma – Unidad”).
Que en ese orden de cosas, en primer término, denuncia que existen presentadas planillas con avales de la Lista N° 23 “La Reforma – Unidad”, que contienen agregados con lapiceras de distintos colores y caligrafías, lo que le hace presumir al denunciante, que las mismas fueron completadas con posterioridad a su presentación, motivo por el cual reclama su invalidez.”
Con respecto al tratamiento de la situación judicial presentada en el Departamento de Jáchal, la resolución judicial dice:
“Que en relación al Departamento Jáchal, se solicita se revoque la parte pertinente de la Resolución N° 9, donde se impugna la lista del departamento Jáchal y se tenga por válida la nominación del ciudadano Bernal Guillermo Raúl, quien no pudo acompañar su documentación oportunamente.”
En su parte Resolutiva:
“VIII) Que en cuanto al Departamento Jáchal, la Junta Electoral partidaria, luego de evaluar el cumplimiento de los requisitos pertinentes, resolvió que ante los errores e inconsistencias presentadas por la Lista N° 22 “Bravo Conducción”, dispuso invalidar la misma. Asimismo, respecto al planteo relacionado al Sr. Guillermo Raúl Bernal, del que no se contaba con la firma en la respectiva planilla, acreditando su consentimiento para presentarse como candidato para Delegado al Comité Central, en tiempo y forma, el dicente suscribe la posición adoptada por la Junta Electoral partidaria, toda vez que la Carta Orgánica es muy precisa y clara, al respecto. No dejando lugar a análisis alguno, pues contrariarla implicaría alterar la letra de la normativa partidaria, cuestión que le está terminantemente prohibido a esta judicatura.”
Por todo lo expuesto en las presentaciones judiciales, el Juez Leopoldo Rago Gallo dice:
Resuelvo: I) No ha lugar, al planteo por invalidación de listas conformadas con lapiceras de distintos colores y caligrafía; II) No ha lugar, a los planteos realizados por la apelante respecto la Listas N° 23 “La Reforma – Unidad”, del Departamento Capital Centro; III) No ha lugar, a los reclamos respecto la Lista N° 22 “Bravo Conducción” de los Departamentos Chimbas; Jáchal; Pocito y Trinidad, por las razones expresadas en los considerandos pertinentes; IV) Ha lugar parcialmente, al planteo relacionado al Departamento Angaco, por cuanto el afiliado Sergio Omar Cabrera, D.N.I. 26.135.579, no cumple con la antigüedad de dos años requerida por la Carta Orgánica del Partido Bloquista, para presentarse como candidato a ocupar cargo intrapartidario; V) Tener por subsanado el impedimento de duplicidad de candidaturas de la Lista N° 22 “Bravo Conducción”, en los Departamentos 9 de Julio; Zonda y San Martín, por los motivos y con los requerimientos expresados en los considerandos pertinentes; VI) Declarar que el afiliado al Partido Bloquista, Sr. Pedro Rodolfo Rizzo, D.N.I. 8.563.396, no cumple con la antigüedad de dos años requerida por la Carta Orgánica del Partido Bloquista, para presentarse como candidatos a ocupar cargo intrapartidario, por el Departamento Capital Centro; VII) No ha lugar, al planteo de inconstitucionalidad incoado, por los motivos debidamente expuestos en los considerandos pertinentes; VIII) Protocolícese y hágase saber, con copia.
No hay elección Interna en Jáchal
Con esta determinación, en el Departamento de Jáchal no habrá elección interna partidaria y se proclamará la lista que quedó en “pie” y la que conducirá los destinos del Partido Bloquista local.
Lista Titulares Bloquismo Jáchal
José Alberto Codorniú, María Beatriz Sosa, Eduardo Dante Tejada, Laura Dayana Espejo, Jorge Williams Muñoz, Paola Vanesa Pereyra, José Eduardo Paez Rubia, Mercedes del Rosario Castro, Eduardo Luis Pereira, Gladis Marisa Moreno, Carlos Alberto Ahumada, Nadia Evelin Espejo, Mario Rafael Pinto, Mayra Ayelen Contreras y Pablo Fabián Arancibia.
Convencionales: Carlos Vergara, Flavia Espejo y Horacio Bordón.
Delegado: Pascual Olivera.
Foto: Actualidad Jachallera.-
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