Cesión del terreno de ex Fabricaciones Militares: Se presentó el Recurso de Apelación contra el fallo del Juez Eduardo Vega
Luego del fallo, de fecha 26 de diciembre de 2025, dictaminado por el Juez Eduardo Vega, la empresa Minexa S.A, presentó un Recurso de Apelación contra la sentencia que no resolvió la cuestión de fondo, sino determinó que el presentante no tenía “legitimación activa”.
La presentación, realizada el 9 de febrero de 2026, fue concedida formalmente, teniendo que enviar el expediente a la Cámara correspondiente para su fundamentación y posterior resolución.
Los agravios que motivan la apelación
La sentencia dictada por el Juez Eduardo Vega fue apelada en todas sus partes:
1)“Errónea interpretación del concepto de legitimación activa en derecho administrativo. La sentencia apelada incurre en un error de derecho al exigir la titularidad de un derecho subjetivo perfecto, cuando en materia administrativa basta la afectación de un interés legítimo, personal, directo y actual.”
2)“La sentencia desconoce la existencia de un interés legitimo directo, concreto y diferenciado. Minexa S.A. presentó una propuesta concreta para el desarrollo de un polo empresario, generando una expectativa jurídicamente relevante, la cual fue frustrada por la entrega directa del inmueble municipal a un tercero sin procedimiento alguno.”
3)“Violación del principio de legalidad. El acto administrativo impugnado presenta graves vicios, tales como la ausencia de licitación o concurso, vulnerando principios básicos del derecho público.”
4)“Violación del principio de igualdad y concurrencia. La adjudicación directa del inmueble excluyó arbitrariamente a Minexa S.A., afectando su interés legitimo y su derecho a competir en igualdad de condiciones.”
5)“Exceso ritual manifiesto y afectación de la tutela judicial efectiva. La interpretación restrictiva de la legitimación activa impide el control judicial del acto ilegal (contrato).”
El pedido puntual para que se modifique la sentencia recurrida dice:
“Esta parte procura obtener del Tribunal una resolución que revoque en su totalidad la sentencia dictada, declare que Minexa S.A., posee legitimación activa para promover la acción de nulidad y ordene la prosecución de la causa a fin de ingresar al tratamiento de fondo de la cuestión.”





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