Para recordar y aplicar: Jáchal Ordenanza Nº2826 “Prohibida la venta y el uso de Pirotecnia”

Para recordar y aplicar: Jáchal Ordenanza Nº2826 “Prohibida la venta y el uso de Pirotecnia”

Desde el 20 de diciembre, la Ordenanza N°2.826 prohíbe la venta y el uso de pirotecnia en todo espacio público del departamento Jáchal, hasta el  10 de enero de 2023. 

El objetivo está más que claro. El impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos, a las mascotas. Además, se busca erradicar formas de recreación riesgosas para la integridad física y psicológica.

Otro de los objetivos apunta a evitar el uso de la pirotecnia en estas fiestas de fin de año y surge debido a que las personas con autismo sufren la pirotecnia como una tortura, debido a la mayor sensibilidad en algunos de sus sentidos, en particular el oído.

Según la Ordenanza N°2.826, que se encuentra en vigencia, queda prohibida la comercialización- tenencia- depósito- circulación y transporte de pirotécnica en espacios públicos, desde el 20 de diciembre al 10 de enero.

La consigna es: resguardar a la población, a la naturaleza y a los animales. Es que el uso de pirotecnia implica un impacto negativo por posibles lesiones, quemaduras e incendios. Ante esto, la única forma de reducir los accidentes es prohibiéndola.

Petardos, fuentes, morteros, morteros con bombas y cañas voladoras con paracaídas no podrán ser utilizadas por los jachalleros durante estos días.

La Ordenanza también  aclarara que en el caso de que una persona, institución intermedia o cualquier privado, quiera hacer uso de pirotecnia para un evento o espectáculo deberá notificar al Municipio cinco días antes detallando lugar y fecha donde usará estos productos.

La Ordenanza, del Concejal (Mandato Cumplido) Jorge Morales, fue sancionada el 30 de noviembre de 2.017 y posteriormente promulgada por el Poder Ejecutivo de Jáchal.